martes, 15 de mayo de 2012

Uso de Música e imágenes con derecho de reproducción


Uso de Música e imágenes con derecho de reproducción
Derecho de autor y copyright


El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y artística. El primero proviene de la familia del derecho continental , particularmente del derecho frances, mientras que el segundo procede del derecho anglosajón  (o common law).
El derecho de autor se basa en la idea de un derecho personal del autor, fundado en una forma de identidad entre el autor y su creación. El derecho moral está constituido como emanación de la persona del autor: reconoce que la obra es expresión de la persona del autor y así se le protege.
La protección del copyright se limita estrictamente a la obra, sin considerar atributos morales del autor en relación con su obra, excepto la paternidad; no lo considera como un autor propiamente tal, pero tiene derechos que determinan las modalidades de utilización de una obra.

Una presentación resulta mucho más atractiva con añadidos “extra” como la música y las imágenes. Estos aportes enriquecen el resultado final, no podemos olvidar que una buena imagen argumenta el texto y unamúsica bien elegida estimula la receptividad hacia los mensajes que estamos emitiendo, además de completar el conjunto. Un proyecto puede cambiar el 100% con una música adecuada, de igual forma que una sonorización mal elegida estropeará todo el esfuerzo.
De todas formas, tanto con imágenes como con las canciones elegidas en este tipo de presentaciones detrabajos escolares, hay que tener muchísimo cuidado, sobre todo si van a hacerse públicas en medios como un Blog escolar o personal, la web del centro, etc.., ya que puede haber serios problemas por los derechos de autor de las obras.
¿Entonces quiere esto decir que no pueden usarse imágenes ni música para cualquier proyecto?. No, pueden usarse, pero han de hacerse bajo un determinado tipo de licencia, en este caso la licencia Creative Commons.


Creative Commons
 posibilita el uso de obras de diversos autores, normalmente músicos, diseñadores gráficos, dibujantes, fotógrafos… para un uso privado no comercial, y protege los derechos de estos ya que les reconoce como propietarios de las mismas. Hay diversas variantes de esta licencia, y dependerá del autor conceder un mayor permiso a la hora de disponer de sus creaciones. En todos los casos este autoriza su uso, pero puede solicitar que sea citada la fuente, evitar que sea transformada o que sirva de base para otras creaciones, etc…
En cualquiera de los casos en los que una canción, o imagen, esté bajo la licencia Creative Commonssiempre vamos a poder disponer de ella para el uso escolar, y si el autor nos pide una referencia hacia su trabajo realmente es lo menos que podemos hacer para valorar su talento ¿no crees?.

Fotografías:
Las obras fotográficas encuentran su regulación desde la óptica de la creación del registro estático de los elementos que nos rodean (arts. 1 y 34 ley 11.723) y desde el derecho a la imagen de la persona retratada (arts. 31, 33 y 35 de la misma ley). Estos supuestos comprenden desde las vistas fotográficas individuales hasta los bancos de imágenes administrados por empresas que administran licencias para su uso.
Obras protegidas por los derechos conexos al derecho de autor

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